ARRAIGO SOCIAL
Si cuentas con 3 años de permanencia continuada en España, puedes acceder a un permiso de residencia que habilita a trabajar, carecer de antecedentes penales en tu país de origen o en los países en donde hayas estado en los últimos 5 años, contar con un informe favorable de arraigo, junto con una oferta de trabajo. Como documentos básicos, debes presentar los siguientes:
1- Pasaporte completo
2- Antecedentes penales en país de origen, traducido y legalizado.
3- Padrón actual
4- Padrón histórico que acredite la permanencia de 3 años en España.
5- Oferta de contrato, de mínimo 30 horas.
6- Informe de arraigo social, a solicitar en el Ayuntamiento de tu ciudad.
7- Formulario EX10
8- Tasa del Modelo 790 052, con un importe de 38,28 Euros.
Debes tener en cuenta que deberás presentar también la solvencia económica de la empresa o empleador que te vaya a contratar, debiendo aportar su última declaración de la renta, o declaraciones de IVA.
Una vez te concedan el permiso de residencia por un año, tu empleador deberá tramitar el alta en la Seguridad Social, y una vez comunicado a la Oficina de Extranjería, podrás pedir cita para huellas.