ARRAIGO SOCIAL

Si cuentas con 3 años de permanencia continuada en España, puedes acceder a un permiso de residencia que habilita a trabajar, carecer de antecedentes penales en tu país de origen o en los países en donde hayas estado en los últimos 5 años, contar con un informe favorable de arraigo, junto con una oferta de trabajo. Como documentos básicos, debes presentar los siguientes: 


1- Pasaporte completo 

2- Antecedentes penales en país de origen, traducido y legalizado. 

3- Padrón actual 

4- Padrón histórico que acredite la permanencia de 3 años en España. 

5- Oferta de contrato, de mínimo 30 horas. 

6- Informe de arraigo social, a solicitar en el Ayuntamiento de tu ciudad. 

7- Formulario EX10 

8- Tasa del Modelo 790 052, con un importe de 38,28 Euros. 


Debes tener en cuenta que deberás presentar también la solvencia económica de la empresa o empleador que te vaya a contratar, debiendo aportar su última declaración de la renta, o declaraciones de IVA. 

Una vez te concedan el permiso de residencia por un año, tu empleador deberá tramitar el alta en la Seguridad Social, y una vez comunicado a la Oficina de Extranjería, podrás pedir cita para huellas.